El proposito del Anexo 6 es lograr la mayor normalización posible en las operaciones de las aeronaves de transporte aéreo internacional, para alcanzar así el más altos grado de seguridad y eficacia. Y a parte los Estados faciliten el sobrevuelo por sus territorios de las aeronaves comerciales de otros Estados cumpliendo con los criterios operacionales del mismo.
El anexo 6 se divide en tres partes:
Parte I – Transporte aéreo comercial internacional-aviones
Las normas y métodos contenidos en está parte se aplicarán a la operación de aviones por parte de explotadores autorizados a realizar operaciones de transporte aéreo comercial internacional.
Parte II – Aviación general internacional-aviones
Abarca la operación de todos los aviones de la aviación civil internacional, excepto la operaciones de trabajas aéreos (busqueda y salvamentos, fumigación…)
Parte III – Operaciones internacionales-helicópteros
Toda la normativa se aplicará a todos los helicópteros dedicados a operaciones de transporte aéreo comercial internacional o a operaciones de la aviación general internacional, pero estas normas y métodos reomendados no son aplicables a los helicóteros dedicados a trabajos áereos.
A continuación os dejo el banco de preguntas con las soluciones correctas de esta tema para descargar y un video explicando la teoría sobre el anexo 6.
